jueves, noviembre 17, 2005

Propiedad: el derecho y lo demás

El desprecio de muchos juristas post o filo marxistas hacia el derecho de propiedad alcanza en algunos casos el paroxismo y el ridículo.

El colmo del sinsentido lo he encontrado hoy al ver como aquí Luigi Ferrajoli, un jurista de izquierdas italiano, distingue entre el derecho de propiedad y los singulares derechos de propiedad sobre bienes en los que se concreta.

El derecho a convertirse en propietario o el derecho a disponer de los propios bienes “son completamente diversos de los derechos reales sobre bienes determinados adquiridos o alienados gracias a ellos”.

El derecho de propiedad, por ser universalizable bien podría ser considerado un derecho fundamental, pero en ningún caso podrían serlo los derechos sobre bienes pues mi propiedad sobre los mismos excluye para esos bienes a la propiedad de otros.

Estos segundos derechos sobre bienes podrían ser limitados, por ejemplo, por la vía fiscal, sin que por ello quedase alterado el genérico derecho de propiedad.

Siguiendo esa lógica, cabe pensar, digo yo, que una hipotética confiscación de todos los bienes propiedad de todos los individuos ¡¡en ningún caso podría ser considerada como una medida vulneradora del derecho de propiedad de esos mismos individuos!!

Pero el delirio lleva a nuestro jurista incluso un poco más allá. Movido por el ánimo de hacer internamente coherente a su teoría, en un determinado momento traza una curiosa analogía entre la relación del derecho de propiedad con las propiedades y la que se da entre la libertad de conciencia y los pensamientos o también entre la libertad de expresión y lo que se dice: “También son inevitablemente diversos los pensamientos que cada uno puede expresar en uso de la libertad de manifestación del pensamiento”.

La conclusión final no la saca él pero la sacaré yo:

Si la confiscación de un bien o de todos en nada afecta al derecho de propiedad por ser distinto el derecho de las singulares propiedades en que se concreta, en nada quedan afectadas la libertad de conciencia o expresión si se sanciona a alguien por pensar de un determinado modo o de cualquiera o por hacer expresas sus opiniones cualesquiera que sean, ya que una cosa es la libertad de conciencia o expresión y otra distinta los pensamientos o expresiones en que se concreta.

Un sinsentido y un despropósito que debería dejarnos perplejos y llevarnos a reflexionar hasta donde esta dispuesta a llegar la izquierda con tal de denigrar a la propiedad y al pensamiento liberal.

viernes, noviembre 04, 2005

Dos conceptos de nación

No andaba muy desencaminado Rajoy en su discurso del día 2 de noviembre, cuando afirmó que el proyecto de reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña nos trasladaba al siglo XVIII. No sólo porque de hecho restablece la vigencia de fueros, derechos históricos y privilegios, mandando al museo de arqueología jurídica cualquier atisbo de igualdad de todos ante la ley. También el concepto de nación que lo inspira es premoderno. Para comprobarlo basta leer cualquier ensayo o diccionario de ciencia o filosofía políticas.
Yo para elaborar este post me he valido de un diccionario de filosofía política, que es éste.
En la entrada “nación” nos dice Lukas K. Sosoe que existen dos conceptos de nación: uno romántico con resonancias premodernas y otro típicamente moderno y vinculado a las ideas que inspiraron las revoluciones y cambios políticos en los siglos XVIII y XIX.

– El concepto romántico alude a una comunidad de personas unidas por vínculos de lengua o cultura, las cuales por lo general, pero no necesariamente habitan un mismo territorio. Una nación se define, desde esta óptica, “por una identidad casi cerrada, situada y replegada sobre sí misma, por vínculos orgánicos, naturales, es decir, nacidos históricamente en una comunidad que ante todo manifiesta necesariamente su diferencia”. La nación así definida es una esencia, una entidad supraindividual, una unidad que engloba a numerosas individualidades vinculadas con el todo de un modo casi místico que las identifica hasta el punto de afirmarse, como hacía Novalis y como hacen hoy los comunitaristas, que “sin nación, el ser humano no puede constituirse en cuanto individualidad”. Desde esta óptica, se entiende perfectamente la apuesta de los nacionalistas románticos por las naciones cultural y lingüísticamente homogéneas o por la pureza étnica y también se comprende con facilidad su animadversión hacia el racionalismo ilustrado que define los derechos y deberes del hombre en tanto que persona abstracta, al margen de consideraciones culturales o étnicas; se comprende la animadversión de los nacionalistas románticos al cosmopolitismo o a su versión actual, la globalización, que disuelven los vínculos tribales y comunitarios y prescinden de cualquier instancia mediadora entre el individuo y la humanidad. En palabras de uno de estos filósofos románticos:
Me disgusta aquello en lo que los demás piensan, sueñan y a lo que aspiran; un reino universal y una mezcla de todos los pueblos que irán acompañados de una humanización, de un ennoblecimiento continuos. Odio profundamente esta mezcla en la tierra porque significa una disolución, es decir, una muerte política y moral de las diferentes naciones (E.M. Arndt)

– El concepto moderno de nación no es cultural, sino político, pues está en relación con el ejercicio del poder político, es decir, con el Estado. La idea de nación moderna designa a una “asociación de personas, unidas por vínculos contractuales, que manifiestan de este modo su voluntad de vivir bajo las mismas leyes”; se nos recuerda, con Sieyes, que una nación es “un cuerpo de asociados que vive bajo una ley común y está representado por la misma legislatura”.

Prescindiendo de la ingenua referencia al contractualismo (que en un primer momento implicaba la idea de libre asociación y revocación del consentimiento, típicas del contractualismo revolucionario del siglo XVIIIy que fue superada a lo largo del XIX por la debilidad y desestabilización que transmitía a las sociedades políticas al mantenerlas continuamente en un proceso constituyente), conviene subrayar un elemento importante en la definición moderna de nación: la idea de “vivir bajo las mismas leyes” o la de “vivir bajo una legislatura común” que no es sino la otra cara de la igualdad ante la ley, pues es obvio que dos individuos sólo pueden ser iguales ante la ley cuando ambos están sujetos a la misma ley.
La idea de que esa decisión de vivir en común bajo una ley igual es consustancial a la idea de Nación, latía en la afirmación de Rajoy de que “no existe más que un poder soberano: […] el del Pueblo español constituido en nación” y de que "El pueblo español no es soberano porque lo diga la Constitución. No. Es al revés: el pueblo español hizo la Constitución porque era soberano". Esa era también la idea que subyacía en su recordatorio a los políticos medidos a soberanos cuando afirmó que ese poder está “sobre la corona, sobre el gobierno, sobre los jueces, sobre esta Cámara, sobre las Comunidades Autónomas y sobre los ayuntamientos. Un poder que no admite parcelas, que no se divide, que no se comparte. Un poder que delega voluntariamente sus potestades, pero no renuncia a la propiedad. Ninguna instancia delegada es propietaria del poder que recibe”. Culminó recordando a los diputados, metidos a ingenieros constitucionales, que ellos apenas representan al poder soberano, pero que en ningún caso lo poseen.
En cuanto al rechazo de Rajoy al concepto romántico y premoderno de Nación, quedó patente cuando afirmó que lo constitutivo de la Nación es la decisión vivir bajo las mismas leyes y someterse a ellas y no el reconocimiento de ningún tipo de esencia o rasgo étnico que nos unifique. En sus propias palabras, “es la voluntad de la nación la que da obligatoriedad a las leyes” y “no estamos hablando de esencias ni de unidades sagradas. Hablamos de una expresa voluntad democrática”.
Frente a esta postura, nacionalistas y socialistas adoptaron una posición efectivamente premoderna, que los manda, como poco, al siglo XVIII, es decir, a los años anteriores a las revoluciones liberales del XVIII y XIX, si no más atrás, esto es, a la premodernidad genuina, a la Edad Media cuando las teorías del Estado mixto hacían posible lo que hoy, afirmado el principio de igualdad ante la ley es imposible, servir simultáneamente a dos señores o, en versión Rodríguez Zapatero, ser nacional de dos naciones.

miércoles, noviembre 02, 2005

Perlas del discurso de Rajoy

En los tiempos que corren no es habitual que los políticos elaboren discursos de cierto nivel. Hoy Rajoy lo ha hecho ¡y de qué manera! El discurso del líder popular contiene ideas auténticamente memorables.
Éstas son mis favoritas:

"Lo que me deja estupefacto es esta súbita conversión, este abrazo suyo con los valores del nacionalismo, es decir con las prebendas del antiguo régimen, con las ideas que combatieron la Ilustración, la Revolución Norteamericana de 1776, la Revolución Francesa y, entre nosotros, las Cortes de Cádiz."

"Protege el señor Rodríguez Zapatero un texto tan avanzado que, de aplicarse, nos instalaría de sopetón en el siglo XVIII, es decir en un clima de privilegios económicos, jurisdicciones especiales, derechos históricos, franquicias diversas y, sobre todo, absoluta sumisión individual."

"Un texto que sanciona la división en castas de la población catalana; que limita el autogobierno de los ciudadanos de Cataluña para ponerlo en manos de los políticos catalanes. Es muy coherente, porque si el destino colectivo tiene derechos, es natural que el ciudadano sacrifique los suyos para no entorpecer el progreso de las esencias. De ahí resulta que los fieles que se implican en el destino común, sean ciudadanos de clase preferente. Los demás, los sordos a la misión, son hermanos legos."

"Como proclamó Jefferson, el padre de la declaración de derechos, sabría digo, que en una democracia el pueblo se otorga una declaración de derechos individuales para protegerse contra los posibles abusos del gobierno, es decir, para proteger su libertad. Y, ahora, añado yo: con los derechos colectivos que el señor Rodríguez Zapatero patrocina, ocurre lo contrario; se proclaman para proteger a las esencias contra las veleidades de la libertad individual, es decir, se proclaman como deberes individuales y, con frecuencia, como cepos contra la libertad."

Puedes leerlo entero aquí.