miércoles, octubre 05, 2005

16

El 16 es el número de mi artículo favorito tanto de la famosa Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 como de la, no tan conocida, Declaración de 1793 (corresponde a la etapa jacobina).
Si el primero define magistralmente qué es una constitución cuando dice que “toda sociedad que no asegura la garantía de los derechos, ni determina la separación de poderes, no tiene Constitución”), el segundo es una de las más hermosas definiciones del derecho de propiedad que conozco: “el derecho de propiedad es el que tiene todo ciudadano de gozar y disponer, según su criterio, de sus bienes, de sus ganancias, del fruto de su trabajo y su laboriosidad”.

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