martes, mayo 17, 2005

Ingenieros constitucionales del mundo, uníos

A todos los juristas, politólogos y lectores en general que quieran ejercer, por un rato, de ingenieros constitucionales. Se agradecen sugerencias y comentarios a estos dos engendros pseudo-jurídicos que aquí presento ahora. Se trata del esqueleto mínimo de una constitución liberal y el de una constitución social.


La Liberal:

Artículo 1.1 Todos los individuos somos libres e iguales en derechos.


Artículo 2.1: Cada individuo tiene todos aquellos derechos cuyo titularidad sea compatible con la de esos mismos derechos por los demás.

2.2 El ejercicio de los derechos es renunciable, no así su titularidad.


Artículo 3.1 El derecho establecerá el procedimiento para garantizar el ejercicio armonioso de los derechos de todos.

3.2 Se prohíbe cualquier discriminación o privilegio en lo que al ejercicio de los derechos se refiere.

3.3 La ley castigará por lesivos los actos cuyo ejercicio suponga vulneración de algún de derecho de otros.


Artículo 4. Por delegación expresa, autorizamos al gobierno a ejercer las siguientes funciones:

a) …

b) …

y c) …

Artículo 5.1 El procedimiento para la elección del gobierno será democrático.

5.2 En ningún caso, ni aún por mayoría, podrán atribuirse al gobierno más funciones de las expresamente delegadas en esta constitución. La atribución de más funciones al gobierno exige acuerdo expreso de cada individuo, es decir, la modificación de esta constitución.

Artículo 6.1 Los jueces son los garantes de la libertad y los derechos de los individuos.

6.2 Se encargan de declarar, previa instancia de parte, cuando se ha producido la lesión de algún derecho.

6.3 Igualmente declaran cuando el gobierno se extralimita en el ejercicio de sus funciones y, en consecuencia, vulnera nuestra libertad. En este caso, cualquier individuo puede instar la acción judicial.

Artículo 7. El procedimiento para la elección de los jueces será establecido por mayoría, si bien en ningún caso será posible delegar ni supeditar la elección de los jueces a los miembros del Gobierno.

Artículo 8.1 Cualquier ser humano puede libremente adherirse a este pacto constitucional.

8.2 Este pacto constitucional es individualmente renunciable.


Y ésta es la Social:

Artículo 1: Todos tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades.

1.2 Son necesidades de todos y cada uno de los individuos exclusivamente las siguientes:

a)

b)

y n) .


1.3 Todos se deben mutuamente auxilio para garantizar la satisfacción de las necesidades de los demás.

1.4 Los derechos de cada individuo están subordinados a la satisfacción de las necesidades de los demás.

Artículo 2. El gobierno vela por la satisfacción de las necesidades de todos.

2.1 El gobierno es competente para llevar a cabo cuantas acciones estime son oportunas para dar satisfacción a las necesidades de alguien.

2.2 En particular, el gobierno promoverá y garantizará la solidaridad y por ley definirá el alcance y las condiciones mediante las que dicho deber se cumple de un modo más adecuado.


Artículo 3: La elección de los miembros del gobierno se realizará por el procedimiento que asegure que sean elegidos aquellos que mejor satisfarán las necesidades de todos y cada uno de los individuos.



Artículo 4: Los jueces velarán porque en ningún caso la leyes nieguen a nadie la satisfacción de sus necesidades y porque las decisiones del gobierno sean las que mejor aseguren la satisfacción de las necesidades de todos.

4.1. Los jueces serán elegidos entre aquellas personas especialmente capacitadas para apreciar el modo en que mejor quedan satisfechas las necesidades de todos.

Artículo 5.1 La modificación de esta constitución sólo es posible cuando cambien nuestras necesidades o cuando se estime conveniente para la satisfacción de las ahora declaradas.

5.2 Nadie puede sustraerse a la vigencia de esta constitución.

7 comentarios:

Anónimo dijo...

Un par de comentarios apresurados y tal vez necios:
1- Creo al 100% que el derecho no se crea, se descubre (tal y como hicieron los griegos y los romanos). El positivismo legalista es incompatible con la libertad. Una constitución a lo sumo debe de extraer sus postulados de la naturaleza, no inventar normas artificiales.
2-Si eso es así no hace falta una constitución, tan solo jurisprudencia (en el sentido puro) y las previsiones de midificación no serían necesarias.
Mi propuesta es el sístema inglés de hace siglos o el romano de la antigüedad.
Un saludo y ánimo¡¡

apfner dijo...

Sí. Aunque la idea de naturaleza me resulta un poco extraña, estoy de acuerdo en la idea del "descubrimiento" o declaración del derecho más que de su invención. Por eso la primera constitución tiene un tono declarativo de derechos que existen y comienza con la primera persona del plural. De otra parte, si a tus dos comentarios les pones un "Art." delante de los números, ya tienes una constitución. Gracias por el comentario.

apfner dijo...
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Anónimo dijo...

1-El Jefe de estado se elige cada 5 años y detenta el Poder Ejecutivo.
2-El Senado desaparece.Solo existe el Congreso que detenta el oder Legislativo.Se renueva cada 4 años.LOs partidos tendran listas abiertas y no podran financiarse con dinero publico ni tendran derecho a espacios gratuitos en medios publicos ni privados.
3-El Tribunal Constitucional se convierte en una Sala de conflictos constitucional dentro del Tribunal Supremo.El Consejo General del Poder Judicial maximo organo de gobierno de los Jueces sera independiente y democratico.Su miembros se renovaran por tercios cada 4 años coincidiendo con las elecciones legislativas y exclusivamente entre miembros de la carrera judicial.
4-El referendunm sera vinculante podra ser propuesto por el 25% del parlamento o a propuesta de 4 millones de firmas.
...

Anónimo dijo...

Despues de esto ,espero que seamos conscientes de para que sirven 200 blogs liberales.

apfner dijo...

Al anónimo 1) No soy partidario de plasmar en la constitución cuestiones tan de detalle. El motivo es que las constituciones generalmente son rígidas, cuando no inmodificables, y si regulamos cuestiones muy concretas, las mayorías que respaldan una constitución tiranizan a las mayorías futuras imponiéndoles la pesada carga de la reforma constitucional si quieren, por ejemplo, cambiar en número de años de mandato presidencial porque les parecen pocos o muchos.
Por eso creo que la constitución cuanto más escueta mejor y cuando más flexible también. La constitución ideal es la que cumple su función sin existir. Las demás en cierto modo son antidemocráticas o, al menos, están en tensión con la regla de la mayoría.
Al anónimo 2): lo entiendo como un cumplido, así que gracias.

. dijo...

Por ejemplo, añadir fundamentos económicos a las libertades esenciales:
- el gobierno debe garantizar la igualdad de oportunidades en elnegocio y el comercio, impidiendo la existencia de monopolios o aprobando normas que impidan la libertad de empresa (extendiendo esto al mismo gobierno: no a la limitación de estancos, loterías, farmacias, etc.; los horarios de comercio...)

http://nochesconfusas.blogspot.com/